Fraude, evasión fiscal o de impuestos, consiste en aquella conducta ilícita en la que incurren personas o empresas, conocidos como contribuyentes, ocultando u omitiendo ingresos y bienes a la Administración Tributaria. Se puede dar también el caso de que estos contribuyentes sobrevaloren conceptos deducibles con la intención de reducir el pago de una obligación tributaria.
Si estos hechos superan la cantidad de 120.000 euros, se considera delito fiscal y como tal se sanciona con pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la suma indicada.
Existe una excepción a esa cantidad, si el fraude se comete contra la Hacienda de la Unión Europea, la cuantía para que sea considerado delito es de 50.000 euros.
¿Significa esto que defraudar por debajo de estas cantidades no tiene consecuencias? No. Lo que significa es que las consecuencias serán administrativas en lugar de penales.
Además, existe la modalidad agravada, cuya pena es mayor, y consiste en:
Que la cantidad de la cuota defraudada sea superior a 600.000 euros.
Que el fraude se cometa dentro de una organización criminal.
Que se haya hecho uso de paraísos fiscales o sociedades pantalla, ocultando a los responsables del delito.
Evitar que se impongan penas es posible, para ello, la persona acusada tiene que regularizar su situación tributaria, reconociendo la deuda ante la Administración Tributaria y pagándola por completo antes de ser notificado por el inicio de acciones contra él.
Si ya no se está a tiempo, pues ha sido notificado, podría reducir la pena si, desde la citación judicial y antes de que pasen dos meses, satisface la deuda completamente y reconoce los hechos ante el Juez.
Las penas por fraude fiscal varían en función de la modalidad:
Básica: la pena consistirá en prisión de una a cinco años, multa y, además, la prohibición de obtener subvenciones o ayudas públicas durante tres a seis años.
Agravada: prisión de dos a seis años, multa y, además, prohibición de obtener subvenciones o ayudas públicas durante cuatro a ocho años.
De subvenciones: prisión de uno a cinco años y multa.
Ante un delito de este tipo, lo mejor es contar con un buen
abogado penalista en Madrid que tenga una amplia experiencia en delitos fiscales.